Pese a haber prometido el gobierno enviar el proyecto de presupuesto
para el año 2025 para ser tratado en Sesiones Extraordinarias en el
Congreso, finalmente decidió prorrogar el presupuesto del año anterior,
que era una prórroga del presupuesto de 2023.
Cabe preguntarse sobre la legalidad de tal decisión.
La Ley de Administración Financiera, en su artículo 27 establece que "Si
al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el
presupuesto general, regir el que estuvo en vigencia el año anterior."
La
no aprobación del presupuesto 2025, no existió porque no se envió al
Congreso, asique, por lo normado precedentemente, el Poder Ejecutivo no
puede prorrogar el que estuvo en vigencia el año anterior, porque
tampoco hubo un presupuesto aprobado por el Congreso Nacional en el año
2024.
La intención del legislador es clara: por un lado darle una herramienta al presidente ante un congreso obstruccionista que no le aprueba el presupuesto, y al mismo tiempo, obligar al presidente a enviar el presupuesto, para en caso de no ser aprobado, poder prorrogar el del año anterior
Vale la pena señalar que la segunda prórroga haría que el
presidente Milei haya gobernado la mitad de su periodo presidencial sin
un presupuesto confeccionado por su gobierno y aprobado por el Congreso
Nacional.-
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